miércoles, 14 de marzo de 2012

Razones para la huelga del 29M.

La huelga es un derecho constitucional reconocido a los trabajadores en defensa de sus intereses (artículo 28.2 de la C.E.). Después de la reforma laboral y de los ajustes y recortes del Gobierno de Rajoy, la huelga se ha convertido en una necesidad, en un gesto imprescindible de los ciudadanos para oponerse a esta disparatada reforma laboral que amenaza nuestro modelo social. España tal y como la define el artículo 1º de la Constitución es un “Estado social y democrático de derecho”. En un Estado social  los derechos laborales presiden las relaciones entre empresarios y trabajadores, únicos sujetos legitimados para ejercer tal derecho según la Constitución (artículo 7). El decreto ley de la reforma laboral entra en confrontación directa con el Estado social español y los derechos capitales de nuestra constitución, como el derecho al trabajo (artículo 35), el derecho a la negociación colectiva (artículo 37) y el derecho a la libertad sindical (articulo 28). Por ello, la reforma laboral del nuevo Gobierno es inconstitucional, pero lo más grave es que no se han molestado ni en disimularlo. Veamos algunos de los derechos que quedan en entredicho con esta reforma: Primero, el despido con causa. Según el artículo 35 de la Carta Magna, hay que alegar una causa para despedir, pero el contrato “por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores” es un despido sin causa y sin indemnización en toda circunstancia y con cualquier contenido. Segundo, la negociación colectiva. Según el artículo 37.1 de la Constitución,  “La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva entre los representantes de los  trabajadores y los empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios”. Este derecho sufre un verdadero desarme y desnaturalización en la reforma, porque cuando concurran causas “económicas, técnicas organizativas o productivas, la dirección de la empresa puede obviar el convenio colectivo firmado y no aplicar las condiciones de trabajo previstas en el mismo, incluyendo la cuantía salarial”. Tercero, la Libertad sindical. La negociación colectiva forma parte del contenido esencial de la libertad sindical, es el medio necesario para su ejercicio y su negación u obstaculización -como hace el decreto ley de la reforma- constituye una violación de la liberta sindical, porque en la práctica le quita su función básica. En resumen, la reforma laboral aprobada por el Gobierno abandona el modelo constitucional basado en el equilibrio de las relaciones de trabajo para desembocar en un “derecho laboral del empresario”. Rajoy ha delegado la regulación del ámbito laboral en los empresarios, dándoles todo o más de lo que le pedían. El trabajo ha pasado de ser un derecho constitucional a un acto altruista y caritativo como quería la patronal. Y todavía nos dicen que no hay razón para una huelga. El mensaje de la calle fue muy claro este 11M, si el Gobierno del PP no rectifica, hay razones para la huelga del 29M. Por esta razón, estaremos en la calle. No puede haber paz para los malvados, ni los indignados/as se la vamos a dar.

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