miércoles, 27 de julio de 2011

¿Se puede ser alcalde y diputado al mismo tiempo?

Se ha dicho siempre que en el PP hay muchos hombres de su tiempo, franquistas con la dictadura y demócratas con la democracia. Vamos, lo que se encarte en cada momento. Y no es un chiste. Ahora se plantea un dilema parecido en Andalucía, pues hay una contradicción entre su opinión de los años 90, que pedía la inelegibilidad de los alcaldes como diputados andaluces -como mantiene en Galicia- y su postura de ahora de compatibilizar al mismo tiempo ser alcalde y diputado. En el debate del pasado jueves en el Parlamento Andaluz sobre este asunto, cuando se procedía a votar una propuesta de 27 medidas de trasparencia y calidad democrática, se lió un autentico guirigay, un espectáculo lamentable. El PP con sus gritos, agresiones verbales y tumultos pretendía conseguir lo que no era capaz con la palabra, que en vez de un hombre un cargo, si eras alcalde fueran dos. El PP no entiende que si quieren prestigiar el ejercicio de la política es necesario que la dedicación al cargo sea exclusiva. Es mejor, y así lo entiende la gente, que el político se dedique a un solo cargo, porque de lo contrario puede ocurrir que no cumpla ni con uno, ni con otro. Algo que debía resolverse de forma sencilla, porque  era razonable y fácil de entender y consensuar, se ha complicado por la actitud intransigente del PP. Pero, además, saben que la posición institucional de los alcaldes les beneficia en un proceso electoral como el autonómico, y de eso se quieren aprovechar para las elecciones del año próximo. De hecho, diecisiete o dieciocho de los diputados del PP en el Parlamento Andaluz son alcaldes y, según mi opinión, su acceso a este segundo cargo público no ha sido en las condiciones de igualdad que establece el artículo 23.2 de la Constitución Española. Así que, si ahora pretenden recurrir al Constitucional esta incompatibilidad, poco tienen que hacer. La modificación en el Parlamento, por la mayoría absoluta exigida, del artículo 5 de la Ley Electoral de Andalucía, que regula las causas de inelegibilidad para los alcaldes en las elecciones autonómicas, es correcta, se ajusta a derecho y está bien decidida desde el punto de vista jurídico, ético y hasta estético.
Ángel Luis Jiménez Rodriguez

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